Racismo en el fútbol: tolerancia cero, verdad y justicia deportiva

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No hay lugar para el racismo, reza el cartel en el estadio del Chelsea (REUTERS/Isabel Infantes)

El fútbol puede ser pasión, rivalidad y competencia. Lo que nunca puede ser es un territorio habilitado para el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación. Un insulto racista no constituye una provocación propia del juego ni puede justificarse por la tensión de un resultado: es una agresión directa contra la dignidad humana.

Frente a estos episodios no alcanzan los comunicados de repudio. Las instituciones deben reaccionar, preservar las pruebas, identificar a los responsables y aplicar sanciones ejemplares. Pero esa obligación también demanda prudencia y rigor: defender una causa fundamental no significa condenar sin investigar.

Cuando un futbolista denuncia una expresión discriminatoria, el árbitro debe activar inmediatamente el protocolo correspondiente. En ese momento, su responsabilidad no consiste en determinar si el hecho ocurrió exactamente como fue relatado. Debe proteger al denunciante, informar lo sucedido y evitar que una eventual agresión continúe. La activación del protocolo es una medida preventiva, no una sentencia anticipada contra una persona, un club o toda una parcialidad.

La verdad debe establecerse posteriormente mediante una investigación seria. El informe arbitral, las imágenes, los micrófonos ambientales, las cámaras sectorizadas, los testimonios y los registros de seguridad deben analizarse en conjunto. Que una cámara no haya captado el insulto no demuestra necesariamente que no existió. Pero la sola denuncia tampoco puede ser suficiente para establecer automáticamente una culpabilidad o imponer una sanción colectiva.

Vinicius Jr fue víctima de insultos racistas en La Liga de España (EFE / Kai Forsterling)

El caso de Vinícius Júnior en Mestalla demostró la importancia de identificar a los autores mediante las cámaras y la investigación judicial. La respuesta no consistió en responsabilizar indiscriminadamente a todos los simpatizantes del Valencia, sino en localizar y sancionar a quienes participaron de los insultos. Algo similar ocurrió en Italia, donde Mike Maignan, arquero del Milan, abandonó temporalmente el terreno de juego después de denunciar expresiones racistas provenientes de la tribuna del Udinese. La interrupción permitió proteger al futbolista, visibilizar la gravedad del episodio y avanzar luego en la identificación de los responsables.

El antecedente de Romelu Lukaku también dejó una enseñanza. Después de recibir insultos racistas de seguidores de la Juventus, el delantero belga fue amonestado por su celebración frente a la tribuna. La posterior intervención de las autoridades italianas abrió un debate necesario: los reglamentos no deben terminar castigando a quien reacciona frente a una agresión y convirtiendo a la víctima en responsable del conflicto. Estos casos confirman que la respuesta institucional debe ser rápida, pero también precisa. La sanción pierde legitimidad cuando se aplica de manera generalizada, sin determinar quién realizó la conducta ni cuál fue la responsabilidad concreta de cada parte.

Existe, además, una cuestión que el fútbol no debe ignorar. Toda interrupción puede cortar el ritmo de un equipo, enfriar un momento favorable, alterar emocionalmente al adversario o modificar el desarrollo de un encuentro. Por eso, un protocolo creado para proteger derechos fundamentales no puede transformarse en una herramienta destinada a obtener una ventaja deportiva. Advertir este riesgo no significa desconfiar automáticamente de quien denuncia. Una reacción semejante podría silenciar a las verdaderas víctimas. Pero tampoco corresponde aceptar que cualquier señalamiento produzca una condena inmediata sin elementos que lo respalden.

El gesto anti racismo que hizo el técnico de la selección de Egipto, Hossam Hassan, durante el partido ante Argentina por el Mundial. El árbitro Francois Letexier lo amonestó (REUTERS/Paul Childs)

Los organismos disciplinarios deben distinguir claramente tres situaciones:

• Un acto discriminatorio comprobado debe recibir una sanción firme y ejemplar.

• Una denuncia que no pudo corroborarse no puede considerarse falsa únicamente por falta de pruebas concluyentes.

• Una acusación deliberadamente falsa debe ser sancionada cuando se demuestren fehacientemente la mala fe y la intención de engañar o de obtener una ventaja deportiva.

No comprobar un hecho no equivale a demostrar una mentira. La sanción al denunciante solo puede proceder cuando exista evidencia suficiente de que inventó conscientemente la acusación.

El encuentro entre Rosario Central y Corinthians volvió a colocar esta problemática en el centro del debate. El arquero Hugo Souza denunció haber recibido insultos racistas desde un sector de la tribuna y el árbitro Andrés Matonte activó la señal correspondiente al protocolo.

El árbitro Andrés Matonte durante el partido de Copa Libertadores entre Rosario Central y Corinthians (REUTERS/Agustin Marcarian)

La actuación arbitral fue la adecuada: recibir la denuncia, proteger al futbolista y dejar constancia de lo sucedido. A partir de allí, corresponde que la CONMEBOL investigue, preserve las pruebas y determine si efectivamente existió la agresión, quién fue su autor y si hubo alguna responsabilidad institucional. Ni la condena anticipada de Rosario Central ni la descalificación inmediata de la denuncia de Souza contribuyen a la justicia.

Una causa de semejante importancia no puede resolverse mediante sospechas, presiones mediáticas o interpretaciones interesadas. Si el hecho se comprueba, deberá sancionarse con toda firmeza. Si no puede acreditarse, no corresponderá atribuir responsabilidades sin sustento. Y si eventualmente se demostrara que existió una acusación deliberadamente falsa con una finalidad táctica, también deberá intervenir el órgano disciplinario.

Los protocolos contra la discriminación deben sostenerse sobre cinco pilares:

1. Protección inmediata: detener el juego y resguardar a quien denuncia, sin exigirle que demuestre el hecho en ese mismo momento.

2. Preservación de las pruebas: asegurar imágenes, audios, testimonios e informes antes de que puedan perderse o alterarse.

3. Investigación independiente: resolver sin presiones mediáticas ni condenas anticipadas.

4. Sanciones firmes e individualizadas: castigar a los responsables comprobados y analizar las posibles fallas organizativas.

5. Consecuencias ante la mala fe demostrada: sancionar las acusaciones deliberadamente falsas cuando se compruebe que pretendieron engañar u obtener una ventaja.

La lucha contra el racismo no se fortalece mediante condenas apresuradas, pero tampoco sospechando sistemáticamente de quien se atreve a denunciar. Se fortalece con protocolos confiables, investigaciones profesionales y resoluciones debidamente fundamentadas.

Tolerancia cero no significa sancionar sin pruebas. Significa reaccionar inmediatamente, proteger a la posible víctima, investigar hasta alcanzar la mayor certeza posible y castigar con firmeza a quien resulte responsable. El fútbol tiene una extraordinaria capacidad para unir culturas, pueblos y generaciones. Preservar ese valor exige que no exista espacio para la discriminación, pero tampoco para la manipulación de una causa tan trascendente. Porque la justicia deportiva solo será verdaderamente justa cuando pueda sostener, al mismo tiempo, tres principios inseparables: respeto, verdad y responsabilidad.

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